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Por decisión del Gobierno, la ANSES ya no podrá otorgar créditos

El Gobierno modificó las bases del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Administración de la Seguridad Social (ANSES) e introdujo importantes cambios para que el organismo ya no pueda otorgar créditos hipotecarios.

La medida se oficializó mediante el Decreto 1039/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el cual deroga dos incisos de la Ley N° 24.241.

El FGS no fue creado para funcionar como un fondo de crédito, sino para garantizar la sustentabilidad del referido sistema y, por lo tanto, sus activos deben ser invertidos en instrumentos que garanticen la preservación de su valor”, dice el decreto que lleva la firma del presidente Javier Milei.

“Durante el año 2023, la línea de créditos para trabajadores se ofreció con una Tasa Nominal Anual del 50%, mientras que la inflación anual registrada fue del 211,4 %, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), lo que evidencia un perjuicio significativo en términos reales para los activos del FGS que atenta contra la preservación y sostenibilidad del mencionado Fondo”, ejemplifican en los considerandos de la norma.

En este contexto, explicaron que “ofrecer créditos a tasas reales negativas implica un subsidio implícito a los beneficiarios de dichos créditos, en detrimento de los activos del Fondo y, por ende, de todo el resto de los beneficiarios y aportantes del Sistema Previsional”.

Por desición del Gobierno, la ANSES ya no podrá otorgar créditos hipotecarios

La medida deja sin efecto los incisos m y n del artículo 74 de la legislación mencionada, que establecían que la ANSES podía invertir el dinero en préstamos.

Por el otro, se dejó sin efecto el inciso “n”, el cual incluía: “Cédulas hipotecarias, letras hipotecarías y otros títulos valores que cuenten con garantía hipotecaria o cuyos servicios se hallen garantizados por participaciones en créditos con garantía hipotecaría, autorizados a la oferta pública por la Comisión Nacional de Valores, hasta el 40%“.

 

Por un lado, se eliminó el inciso “m”, el cual permitía: “Contratos que se negocien en los mercados de futuros y opciones sujetos al contralor y supervisión oficial y en las condiciones y sectores que ésta establezca y reglamente, hasta el 10%“.

Fuente El cronista.-

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